Nuestros Servicios
Estudios de Precios de Transferencia
Política de Precios de Transferencia
Declaraciones Informativas
Valuación de Acciones
Estudios de Precios de Transferencia
Documentación comprobatoria que respalda las operaciones
intercompañía ante la autoridad y protege su deducibilidad
¿Qué es y por qué importa?
El estudio de precios de transferencia es la documentación comprobatoria que la Ley del Impuesto Sobre la Renta obliga a conservar a los contribuyentes que realizan operaciones con partes relacionadas. Su función es acreditar que dichas operaciones se pactaron a valor de mercado, conforme al principio de plena competencia y a los lineamientos de la OCDE.
No constituye un trámite opcional: en ausencia de un estudio correctamente elaborado, la autoridad puede rechazar deducciones, determinar ingresos de forma presuntiva e imponer sanciones. El estudio se actualiza cada ejercicio para reflejar los cambios económicos y regulatorios del periodo.
¿A quién aplica?
- Empresas que realizan operaciones con otras entidades del mismo grupo, nacionales o en el extranjero.
- Contribuyentes que participan, directa o indirectamente, en la administración, control o capital de otra empresa.
- Empresas con ingresos acumulables superiores a 13 millones de pesos anuales o pertenecientes a un grupo multinacional.
Alcance del servicio
- Identificación y análisis funcional de las operaciones con partes relacionadas.
- Selección y aplicación del método conforme a la normativa y a las Guías de la OCDE.
- Análisis económico y de comparabilidad para determinar el rango de plena competencia.
- Documentación comprobatoria completa, lista para su presentación ante la autoridad.
- Asesoría y atención de consultas durante todo el ejercicio
Políticas de Precios de Transferencia
Definición del marco bajo el cual deben pactarse y documentarse
las operaciones entre entidades del grupo
¿Qué es y por qué importa?
Una política de precios de transferencia establece cómo deben pactarse y documentarse las operaciones entre las empresas de un mismo grupo. Define reglas, criterios de valoración y requisitos mínimos que cada transacción debe cumplir, aportando orden desde el origen de la operación.
Diseñar la política desde el inicio evita inconsistencias, reduce la probabilidad de ajustes y facilita la elaboración del estudio anual. En lugar de efectuar correcciones al cierre del ejercicio, la operación se conduce conforme a criterios definidos desde el primer día.
¿A quién aplica?
- Empresas que iniciarán o ya mantienen operaciones recurrentes con partes relacionadas.
- Grupos en crecimiento o reestructura que requieren un criterio homologado entre entidades.
- Organizaciones que necesitan asegurar que cada operación se pacte bajo reglas claras y defendibles.
Alcance del servicio
- Diagnóstico de las operaciones intercompañía actuales y proyectadas.
- Diseño de políticas conforme a las necesidades de la empresa y su sector.
- Definición de criterios y requisitos mínimos para pactar y documentar cada operación.
- Alineación con el estudio anual y las obligaciones informativas.
Declaraciones Informativas de Partes Relacionadas
Declaraciones Local, Maestra y País por País, presentadas en tiempo
y forma conforme al artículo 76-A de la LISR
¿Qué es y por qué importa?
El artículo 76-A de la Ley del Impuesto Sobre la Renta obliga a determinados contribuyentes a presentar las declaraciones informativas de partes relacionadas —Local, Maestra y País por País— conforme a la Acción 13 del Plan BEPS de la OCDE. Se trata de obligaciones independientes del estudio y con plazos propios.
La omisión, o la presentación incompleta o con errores, expone a la empresa a sanciones considerables, además del riesgo de quedar impedida para participar en contrataciones con el Gobierno Federal. La precisión y la puntualidad resultan indispensables.
¿A quién aplica?
- Contribuyentes que superan los umbrales del artículo 76-A o que forman parte de un grupo multinacional.
- Empresas obligadas a dictaminarse fiscalmente o a presentar la ISSIF.
- Entidades pertenecientes a grupos con presencia en México y en el extranjero.
Alcance del servicio
- Análisis de obligaciones para identificar las declaraciones aplicables.
- Elaboración de la Declaración Informativa Local (Local File).
- Elaboración de la Declaración Informativa Maestra (Master File).
- Preparación del Reporte País por País (Country by Country Report), cuando corresponda.
- Revisión y acompañamiento en la presentación ante la autoridad.
Valuación de Acciones
Determinación del valor de mercado en la enajenación de acciones
entre partes relacionadas, conforme a la metodología legal
¿Qué es y por qué importa?
La enajenación de acciones entre partes relacionadas debe realizarse a precio de mercado, aplicando la metodología que establece la legislación. Uno de los errores más frecuentes y de mayor impacto consiste en tomar el valor contable o de libros como referencia, lo que puede derivar en ajustes, impuestos determinados y contingencias fiscales.
Una valuación técnica y debidamente soportada respalda el precio de la operación ante la autoridad y aporta certeza en decisiones de reestructura, compraventa o transmisión de participación accionaria.
¿A quién aplica?
- Empresas que enajenarán, total o parcialmente, acciones entre entidades del grupo.
- Organizaciones en procesos de reestructura, fusión o reorganización corporativa.
- Contribuyentes que requieren una valuación de acciones a valor de mercado, debidamente soportada.
Alcance del servicio
- Valuación de acciones conforme a la metodología establecida en la legislación.
- Análisis económico y financiero que respalda el valor determinado.
- Documentación soporte que evita el uso indebido del valor contable o de libros.
- Asesoría sobre las implicaciones fiscales de la operación.
¿Requiere apoyo con alguno de estos servicios?
Nuestros asesores evalúan su caso y determinan qué aplica a su empresa.

